“Aplicar mal la prisión preventiva es violar la ley”
Fuente: Ailín Bullentini | Página 12 Fecha: 25 de MAR 2018 “Considerar que Carlos Zannini y Luis D’Elía deben estar presos es violentar el principio de igualdad ante la ley”, concluyó la fiscal general Gabriela Baigún. En diálogo con PáginaI12, la representante del Ministerio Público Fiscal ante el Tribunal Oral Federal número 8, que dirigirá el juicio oral por el delito de encubrimiento del atentado a la AMIA a través de la promoción del memorándum de entendimiento con Irán, explicó los argumentos de su dictamen, que propició la libertad del dirigente social y del ex secretario de Legal y Técnica, detenidos hasta ayer en Ezeiza. “Aplicar mal la prisión preventiva es violar la ley”, remata. –¿Cuáles son los elementos fundamentales de su dictamen? –El primero es que el proceso se vive en libertad salvo excepciones que hagan indispensables medidas de coerción como la detención. Por otro lado está la garantía de inocencia que plantea que toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario en una sentencia condenatoria. Pero además existen normas procesales que regulan estrictamente la excarcelación y que determinan que todo aquel que está imputado por un delito reprimido con una pena que no sea superior a los 8 años de prisión puede ser beneficiado con la excarcelación. En este caso, y esto es lo más importante para que la gente no se confunda, el delito con el que quedó elevada a juicio de todos los imputados de la causa que investigó el memorándum de entendimiento con Irán, es el delito de encubrimiento, previsto con una pena de 1 a 6 años de prisión. El delito por el que originalmente estas personas fueron indagadas, el de traición a la patria penado con entre 10 y 25 años de cárcel, fue descartado por la Cámara. Entonces, esa pena ya no es más la que afrontan. Si afrontan una pena inferior a los 8 años de prisión, pueden salir. –¿Qué sucede con el peligro de fuga o de interferencia en la investigación, razones por las que se les ha dictado la prisión preventiva a Zannini y a D’Elía? –Yo concluí que no hay razones para presumir que estando en libertad los imputados pueden eludir la acción de la justicia, es decir fugarse, o entorpecer la investigación, frustrarla. En el caso de Zannini, porque su calidad de ex funcionario no le da un poder residual parecido al poder que tenía cuando era funcionario. No puede entrar más a la Casa Rosada, ni a la Secretaría Legal y Técnica, ni acceder a documentación ni a funcionarios. También demostró arraigo, un trabajo y una residencia en Santa Cruz y familia en Argentina. Cuando fue citado a declarar no había intentado fugarse. En el caso de D’Elía, consideré que estuvo a derecho siempre. Y eso que yo fui la fiscal que lo acusó por el copamiento de una comisaría de La Boca, solicité pena de 4 años y 8 meses de cárcel. Cuando alegué no pedí su detención ya que sabía que debía quedar la sentencia firme para eso. Lo condenaron a 4, pero la sentencia fue recurrida. Cuando quede firme seré la primera en pedir su detención. Más allá de estos argumentos, hice una reflexión posterior: si en la actualidad, como pasa, los acusados que afrontan el juicio por el encubrimiento del mayor atentado en la historia argentina que por cierto aún sigue impune, pasaron todo el proceso penal en su contra y ahora el juicio en libertad, estoy hablando del ex presidente Carlos Menem, varios ex funcionarios de su gobierno y compañía, considerar que Zannini y D’Elía deben estar presos es violentar el principio de igualdad ante la ley. –No hay razón para un trato diferenciado ante la ley. ¿Qué consecuencias acarrea violar el principio de igualdad? –Yo no pienso violar el principio de igualdad ante la ley. No voy a opinar sobre lo que hicieron los demás funcionarios judiciales. Actúo como actué durante toda mi carrera judicial como fiscal, de acuerdo a la Constitución y las leyes. Si los demás violan la ley, actúan en una misma situación de diferente forma frente a personas de diferentes partidos políticos, raza o religión el problema está en los otros. Hoy pueden ser partidarios del gobierno de turno pero, ¿y si mañana les toca juzgar a integrantes de ese gobierno? Por supuesto que no corresponde actuar de esa forma y entonces esa es la diferencia entre un funcionario independiente y uno que no lo es. Aquel que es independiente actúa y se pronuncia ante una situación igual de la misma manera sin importar a quién tenga enfrente como acusado. Sería terrorífico que sea de otra forma, de ahí la necesidad de jueces y fiscales independientes y de que el Estado los garantice. Aseguro que el día que se confirme la pena de D’Elía en la causa por el copamiento de la comisaría pediré su detención como vengo pidiendo hace años la del ex titular del PAMI Víctor Alderete, cuya pena de 3 años y 6 meses de prisión está firme pero se resisten a efectuarla. Fui desde 1995 hasta 2007 fiscal de juicio de San Isidro y renuncié por tener diferencias sustanciales con la forma en la que venía trabajando el fiscal general de San Isidro, Julio Novo, que terminó luego en juicio político. Durante los siguientes tres años y a pesar de haber ganado los concursos para la fiscalía general en Capital, no me nombraban así que me quedé sin trabajo por no querer trabajar con alguien que era deshonesto. –¿Cuáles son las consecuencias de aplicar mal las prisiones preventivas? –Aplicar mal la prisión preventiva es violar la ley. La ley es clara y establece condiciones precisas. –Se ha descalificado su dictamen bajo la “acusación” de que usted integra Justicia Legítima. ¿Lo entiende como una presión? –Parto por asegurar algo: no pertenezco a Justicia Legítima ni nunca lo hice, pero conozco a gente que sí lo ha hecho. Partir del prejuicio de que un funcionario judicial, por pertenecer a Justicia Legítima,