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Es hora de estar en el mundo

Fuente: E. Raúl Zaffaroni | La Tecl@ Eñe Fecha: 11 de abril de 2021 Raúl Zaffaroni sostiene que el irregular endeudamiento de la Nación efectuado por el gobierno de Mauricio Macri, a través de un crédito del FMI por 57.000 millones de dólares, tramitado irregularmente a dos puntas y destinado a la fuga de capitales, brinda una muy buena oportunidad para que un equipo interdisciplinario – tanto en materia económica como jurídica- promueva una convención internacional en la ONU que tipifique los hechos de desbaratamientos dolosos de economías como delito internacional.  Hace poco más de un siglo y, a regañadientes de los diplomáticos profesionales, Hipólito Yrigoyen ordenaba el retiro inmediato de la delegación de nuestro país de la Asamblea de la Sociedad de las Naciones, vaticinando el fracaso para la paz de un derecho internacional manejado por los poderosos. El payaso bigotudo dictador fascista de los treinta dispuso lo contrario y volvimos a la Sociedad de las Naciones –con el aplauso de La Nación y de la oligarquía- para asistir al destino que había previsto Yrigoyen. Pero la línea internacional de nuestros gobiernos populares había hecho que el mundo escuchase la voz del Pueblo de la Nación Argentina. Es la misma voz que se hizo oír otras muchas veces en gobiernos populares, como en 2005 cuando por iniciativa argentina y para detener el accionar de los llamados fondos buitres, se aprobaron por la Asamblea de las Naciones Unidas los nueve principios para la reestructuración de deuda, con el voto favorable de 136 país, 41 abstenciones y sólo seis obvios votos en contra (Estados Unidos, Gran Bretaña, Canadá, Alemania Federal, Israel y Japón). La voz argentina sonó igual:  Muchachos, con estos privilegios, la paz no se consigue ni se garantiza. No en vano pasó un siglo; de los acuerdos precarios entre los poderosos del mundo que en París y Ginebra querían ponerse de acuerdo para explotar al resto evitando choques interimperialistas –que no los evitaron, obviamente-, se pasó ahora a garantizar los intereses de las corporaciones transnacionales con sede en los países que votaron en contra o en sus socios o beneficiarios. Son las mismas que corrompen las democracias de los países del sur mediante los partidos únicos de medios monopólicos, para instalar a sus agentes locales que contraen deudas cuya ejecución queda sometida a la jurisdicción de sus miles de jueces municipales tipo Griesa, capaces de inmovilizar nuestro dinero en sus bancos, de embargar nuestros buques de guerra, todo para garantizar la extorsión de la banda de fulleros que muestra su cara a través de un gordito antipático al que nadie le compraría un auto usado. En todos nuestros países operan sus agentes: los Martínez de Hoz, Cavallo, Macri y Clarín y La Nación, nunca faltan en cada uno de los países de la región, donde por acción u omisión de estados atrofiados mueren cientos de miles de personas y se cometen atrocidades violatorias de Derechos Humanos a mansalva. Pero de nuevo la voz argentina se hizo oír: Muchachos, así no puede haber paz.   Ahora tenemos una nueva oportunidad de estar en el mundo. La Oficina Anticorrupción ha denunciado y es querellante contra el ex-presidente y varios funcionarios de la anterior administración por un concurso de delitos que convergen en el irregular endeudamiento de la Nación en un crédito del FMI por 57.000 millones de dólares, tramitado irregularmente a dos puntas y destinados a la llamada fuga de capitales, que no fue ninguna fuga sino una simple salida, porque nadie cuidaba la puerta. Se trata nada menos que del mayor crédito otorgado por el FMI, presionado por la administración Trump para ayudar a la reelección de Macri, tal como lo explicó Clever Carone, asesor senior del Tesoro de los Estados Unidos. Sin entrar en mayores detalles acerca de los delitos concurrentes, lo cierto es que el principal de ellos encuadra en el inciso 7º del artículo 173 del código penal: el que, por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos. La conducta está ligeramente agravada en función del inciso 5º del artículo 174: el que cometiere fraude en perjuicio de alguna administración pública.  El tipo penal del inciso 7º del artículo 173 no estaba en el código de 1921, sino que fue introducido por la reforma de facto de Onganía de 1967 y mantenido por el Congreso en 1973. Los autores de la reforma de 1967 lo copiaron casi textualmente del parágrafo 266 del código alemán, donde había sido legislado el 1º de junio de 1933 y recibe hasta hoy el curioso nombre de Untreue, que puede traducirse como infidelidad. En tiempos macristas se pretendió usarlo para criminalizar decisiones de política económica, como es el caso de las operaciones de dólares a término que, como quedó claro para todos -salvo para los jueces del lawfare– no fueron ruinosas por obra de Cristina Kirchner, sino por la de Macri y en beneficio de sus amigos, advertidos con la debida anticipación de la devaluación que éste dispondría, sin esperar dos meses para que el daño no se produjese. Los alemanes siempre cuidaron que ese tipo no criminalizase políticas económicas, pero allá pesa también una gran desconfianza a esta disposición, más que por haber sido introducida en tiempos del nazismo, porque su nombre causa cierto escozor: Treue significa fidelidad –incluso conyugal- pero fue usada en ese tiempo para caracterizar a todo su perverso concepto del derecho como fidelidad a la comunidad popular cuyo intérprete último era el Führer, o sea, que todo delito era en esencia una infidelidad, que se valoraba al margen de la legalidad formal. De todas formas, esta es una historia alemana y no nuestra, donde nuestra ley no usa esa expresión. Por ende, siempre pensé y sigo pensando que en nuestro tipo encuadran los casos extremos que llevasen a un país al default o a alguna catástrofe parecida. Es decir, entiendo que lo correcto es considerar que las usuales medidas de política económica,

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PROCESO JUDICIAL CONTRA CARLOS TELLELDÍN. Un nuevo juicio, la misma impunidad

Fuente:  Memoria Activa Fecha: 6 de abril de 2021 El pasado 26 de marzo, el Tribunal Oral Federal 3 presentó los fundamentos de la sentencia que absolvió, otra vez, a Carlos Telleldín en un nuevo juicio oral y público por el atentado a la AMIA, que duró un año y medio. Los jueces Andrés Basso, Javier Rios y Fernando Canero dictaron su fallo el 23 de diciembre del 2020, y difundieron ahora los motivos de la absolución a Telleldín, de los cuales se desprende la ya conocida desastrosa investigación que se llevó a cabo con desvíos y encubrimientos. Los magistrados sostuvieron que, de los 380 testigos escuchados, “no hubo siquiera uno que atestiguara sobre el conocimiento que Telleldin habría tenido de que estaba entregando la Trafic para su utilización en un atentado terrorista”.  Tampoco, dijeron, se generó prueba nueva suficiente para probar un móvil que motivara su participación en el ataque, de lo que deriva que, si bien efectivamente llevaba a cabo acciones delictivas en el armado y compra venta de autos, esto no confirma por sí solo un mayor involucramiento en el caso AMIA. “Tampoco se acreditó, como la propia querella AMIA-DAIA señaló, que (Carlos Telleldín) perteneciera a alguna célula antisemita, ni que tuviera animosidad alguna hacia miembros de la comunidad judía, que hubiera sido otro posible móvil para ser parte de uno de los crímenes más aberrantes que registra la historia argentina”. Como si esto fuese poco, ni siquiera se logró saber cuál fue la carrocería utilizada para armar el coche bomba, ni el origen de una tercera camioneta cuyas partes fueron halladas entre los escombros. Estos resultados ya eran claros previo al comienzo del juicio y es la razón por la que desde MEMORIA ACTIVA decidimos aceptar la unificación y no encabezar la querella de familiares. Y es que las conclusiones de los jueces, sumado al conjunto de presunciones que tampoco se lograron corroborar en este juicio ni en el anterior, confirman, una vez más, nuestras denuncias acerca del vergonzoso, inepto e ilícito actuar de quienes trabajaron en la causa AMIA, y apenas lograron llegar hasta el último tenedor de la Trafic. En palabras del TOF: “Tal es así que, la única certeza que hemos podido adquirir a lo largo del juicio, ha sido la de que Telleldin fue el último tenedor del motor que fuera encontrado entre los escombros de la AMIA, luego solo han quedado interrogantes imposibles de responder con los elementos reunidos en los más de seiscientos sesenta cuerpos e innumerables legajos que integran la causa. Posiblemente, esta enorme incertidumbre obedezca a los insondables avatares que ha sufrido esta investigación, por razones que permanecen alojadas en la conciencia de quienes decidieron torcer su rumbo. ” En definitiva, todos y cada uno de los encubridores que participaron en la investigación, desde los tres poderes estatales con el entonces juez Juan José Galeano a la cabeza, no hicieron más que ensuciar, mentir, desviar las pistas y tapar la verdad para sellar una impunidad que, a esta altura, resulta lamentablemente casi imposible de revertir. Esperamos que a todos ellos, la Cámara de Casación les otorgue la condena que merecen.

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Nuestra corte suprema de injusticia

Fuente:  Beinusz Szmukler y Juan Chaneton| Página/12 Fecha: 5 de abril de 2021 El denominado lawfare, es un instrumento para perseguir judicialmente a opositores. Y donde hay lawfare hay también impunidad para los propios, aun cuando esos propios hayan cometido delitos que avergüenzan la conciencia moral media de una sociedad, como sucede en nuestro país. Ello viene al caso cuando la doble vara -y, con ello, la doble moral- se evidencia por la Corte Suprema en su actuación frente a sendos recursos extraordinarios interpuestos, uno por el ex presidente Carlos Menem y el otro por el ex vicepresidente Amado Boudou. El juicio a Menem empezó en 2008, fue absuelto en 2011 por el Tribunal Oral en lo Penal Económico No. 3, pero la sentencia fue revocada por la Cámara de Casación Penal en Junio de 2013, condenándolo a siete años de prisión de cumplimiento efectivo, como coautor del delito de contrabando agravado por tratarse de material bélico, y contar con la intervención de funcionarios públicos. El delito lo perpetró entre 1991 y 1995 siendo presidente de la Nación, al firmar un decreto por el cual Argentina le vendía armas a Panamá y Venezuela, una falsedad con la que disfrazaba que la venta era a Croacia y Ecuador, países que en esos años libraban guerras: Croacia contra sus vecinos de la ex Yugoslavia, y Ecuador contra Perú, su hermano limítrofe del sur. Allí fue Menem; no a pacificar, por cierto, sino a hacer negocios. Una aberración por donde se lo mire. Contra esa condena, Menem interpuso recurso extraordinario ante la Corte Suprema. El alto tribunal admitió la viabilidad del trámite, con lo cual la condena quedó en suspenso y, -vicisitud más, vicisitud menos- mediante actuaciones procesales inútiles, durante 7 años Menem, hasta su fallecimiento, siguió en libertad y con todas las prerrogativas de su condición de Senador de la República. La Corte, con los mismos integrantes que admitieron el recurso de Menem, durmió la causa, como lo sigue haciendo con la causa “Blaquier, Carlos Pedro T. y otro sobre privación illegal de la libertad (art. 114 bis, inc.1)”, (en la que se investigan 70 asesinatos y 400 secuestros cometidos en el Ingenio Ledesma en la noche del apagón, del 22 al 27 de junio de 1976), le denegó en unos días, -velocidad inusitada, sin precedentes del tribunal-, la misma via recursiva al ex vicepresidente Amado Boudou, condenado por el Tribunal Oral Federal N° 4 a 5 años y 10 meses de prisión, decisión que fue confirmada por la Cámara de Casación Penal. Lo hizo invocando una atribución cuasimonárquica: el artículo 280 del código procesal civil y comercial de la Nación, norma arbitraria si las hay, que establece que la Corte » … según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia». De modo que, para estos jueces, hubo «agravio federal» cuando se trató de Carlos Menem y un delito de mucha mayor gravedad, que afectaba las relaciones con paises hermanos, y no lo hubo, en cambio, cuando se trató de considerar el pedido del ex vicepresidente Boudou a quien , se le denegaron todos los testigos propuestos por el. Pero si se admitío el testimonio de solo uno, indicado por la acusación, que después fue “retribuido» con una chacra boutique en Mendoza como pago por el servicio prestado. Y el dato adicional es que esta Corte Suprema es la misma que tiene invisibilizadas causas, como la indicada de Carlos Pedro Blaquier, por crimenes de lesa humanidad, cuyo procesamiento había sido confirmado por la justicia salteña en 2013 pero la Casación revocó esa decisión. ¿Y quién integraba esa Cámara de Casación? Gustavo Hornos, el mismo que visitaba a Macri en su despacho antes de dictar sentencia. Con sus pares Gemignani y Riggi, encubrieron, de hecho, a Blaquier, y lo hace la Corte Suprema que hace seis años tiene el recurso pendiente, pese al reclamo del Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal Javier de Luca para que revoque las faltas de mérito dictadas por ese tribunal en favor de Blaquier, y del ex administrador del ingenio Ledesma, Alberto Lemos en la causa que investiga la participación de ambos en el secuestro del ex intendente de Libertador General San Martín Luis Aredez y de Omar Claudio Gainza y Carlos Alberto Melián. De Luca viabilizó la solicitud a través de tres recursos de queja, luego de que la Sala IV de la Cámara de Casación rechazara los recursos interpuestos por él. En tanto, el tiempo corre a favor de Blaquier y la razón le asiste a Boudou cuando dice, que su condena es, en realidad, un tiro por elevación contra Cristina Kirchner. Resulta evidente que perseguir a opositores es la cara visible del lawfare, en tanto absolver los delitos de los propios vendría a ser una especie de cara oculta o necesidad implícita en el propósito de eliminar de la competencia electoral a quienes pueden ser exitosos en la urnas con un proyecto industrialista, de integración latinoamericana y de realización de los derechos económicos y sociales consagrados en los pactos internacionales indicados en el art. 75, inc. 22 de la Constitucion Nacional. 

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El caso AMIA pasa a la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Fuente: Memoria Activa Fecha: 28 de marzo de 2021 La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) envió el caso AMIA a la Corte Interamericana de San José de Costa Rica. Se trata de la causa internacional que iniciamos desde MEMORIA ACTIVA en 1999, con el patrocinio del CELS, contra el Estado argentino por no haber sido capaz de impedir el atentado ni, con posterioridad, garantizar una investigación seria que arribase a la verdad de los hechos y trajera justicia a las víctimas, a sus familiares y amigos,  y a la sociedad argentina. Tras haber publicado un informe de fondo en septiembre de 2020, en el que confirmó la responsabilidad del Estado en la falta de prevención, protección y posterior denegación de justicia en el atentado terrorista del 18 de julio de 1994, la CIDH informó, el pasado 25 de marzo, que transfirió la causa a la Corte. De esta manera, se juzgará al Estado por la violación del derecho a la vida, por no haber investigado y castigado a los culpables y haber llevado a cabo maniobras de encubrimiento para que nunca sepamos la verdad. La decisión de la Comisión no sólo confirma, una vez más, las denuncias de los familiares y amigos de las víctimas nucleados en MEMORIA ACTIVA, sino que demuestra que sostener el reclamo durante más de veinte años, de manera independiente y en contra de los intereses hegemónicos que invaden las instituciones de poder en Argentina, no sólo vale la pena, sino que es el camino correcto que nos acerca un poco más a la verdad y a la justicia. Queremos agradecer a las organizaciones que nos han acompañado en este proceso, como el CELS, CEJIL y Amnistía Internacional, y a todos aquellos que, de una manera u otra, colaboran con MEMORIA ACTIVA en esta lucha, que es de todos. Justicia, justicia perseguiremos…

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El recordatorio de Cristina

Fuente: Eduardo Aliverti | Marca de Radio Fecha: 27 de marzo de 2021 ¿No debería ser más habitual la práctica de analizar algunas situaciones a la luz de cómo serían si se plantea o ejecuta su reverso? De dejarse llevar por tantas voces que arguyen serios problemas e incluso una ruptura definitiva entre los Fernández, entre Cristina y Guzmán, entre Guzmán y Kicillof, entre Kicillof y La Cámpora, entre La Cámpora y los funcionarios que no funcionan, y así sucesivamente, estaríamos en primer lugar ante un Gobierno atado con alambre que, casi, sólo podría sobrevivir gracias a una oposición símil adefesio. Pero al margen de eso último, que no resiste dedicarle medio segundo, está aquello de atender argumentaciones de signo opuesto estrictamente en base a datos capaces de dejar certezas o preguntas elementales. Como es norma cuando aparece Cristina, para el caso a raíz de uno de los recordatorios por el 24 de marzo, el país periodístico completo corrió detrás de ella para reafirmar su admiración o putearla sin descanso. A esta altura, y no es una originalidad ni una chicana, resulta casi inconcebible cómo se las arreglarían ciertos colegas, para hablar y escribir, sin hablar y escribir de Cristina. Una cosa es el odio que le profesan y otra es que ella sea el único vector de sus comentarios. Es como si no pudieran, de ninguna manera, disponer no ya de una mayor estatura analítica, sino de unos pocos y mejores recursos estético-narrativos. Por cierto, y si es por estos días en particular, vale lo mismo con las horas y horas, y líneas y líneas, y gestos y gestos, que prensa adicta al oficialismo le dedicó al zoom de Macri con cara de dormido, y al fondo de imagen con su esposa en pijama mirando el celular. Una cosa es boludear en las redes y otra que se le otorgue semejante espacio profesional a tamaña boludez. El término “recordatorio” asoma esencial para definir la intervención de Cristina o de quien hubiere sido, porque justamente se trató –y trata, siempre– de recordar que el golpe del ‘76 tuvo el objetivo primario de imponer por el terror de Estado un modelo económico antipopular, salvaje, cipayo. Pasa que ella empalmó el recordatorio del porqué con las responsabilidades y culpas de los permanentes propagandistas de, entre otras delicias, arreglar con el FMI a como sea. Y, madre del borrego, pasó que le dijo al Fondo que no tenemos plata para pagarle convencionalmente la bestialidad dejada por Macri, en medio de que el ministro de Economía estaba en Washington empezando a negociar con el organismo. No hubo más. Los voceros del establishment dictaminaron la enésima enajenación de una loca corrupta que, entretanto el voluntarioso y stiglezco de Guzmán estaba en uno de los planetas de las finanzas mundiales, lo mandó abajo de un camión avisándole al Fondo que no hay cómo afrontar la deuda salvo con las chances nuestras. Vayamos, entonces, a la hipótesis contraria de qué sucedería si la voz argentina se mostrara sumisa. ¿Cuándo se vio que en una negociación sólo concurra la imagen del policía bueno, entregado de movida? ¿Cuándo pasó que agacharse con el Fondo redundara en algo que no fuese que el Fondo estrangule? ¿Cuándo sucedió que muestras exclusivas de buena voluntad, con significantes de la rapiña político-financiera, hayan sido significados de misericordia? ¿Están hablando en serio de que haberse ido del Grupo de Lima, esa cabecera de playa de Estados Unidos para desembarcar en Venezuela, perjudica gravemente las probabilidades argentinas de llegar a un acuerdo con el FMI? ¿Hablan en serio de que la Casa Blanca tiene a Argentina entre sus principales prioridades geopolíticas? Siendo que tampoco es cuestión de minimizarse o de perder de vista paradigmas como el de Grecia, que terminó sojuzgada ante la Europa central, y más precisamente Alemania y precisamente por obedecer (aunque Argentina es mucho más que Grecia por el volumen de su economía y su incidencia continental), nadie niega que tenemos problemas complicados. No se niega que el Fondo apretará; ni que a esos efectos dan lo mismo gobiernos republicanos y demócratas; ni que Guzmán ya discutió aquí que debe presentarse un programa de solvencia fiscal; ni que ya se “consensuó” la respuesta de que eso no debe ser a costa de otro ajuste contra los que ya se ajustaron; ni que esa discusión se saldó, por ejemplo, a favor de que las tarifas de los servicios públicos no aumentarán según las pretensiones de las empresas. Nada de todo eso implica que haya un quiebre en el frente gobernante ni, muchísimo menos, que alguna figura o sector de esa coalición no tenga claro que la base, lo innegociable, es que no se rompa. Y que, dentro de las limitaciones de un país acogotado, la dirección se define por la negativa a seguir cargando peso en los más humildes. De allí para abajo, pueden sobrar los cuestionamientos. Tomado aleatoriamente, continúa faltando la centralización informativa en lo que, al parecer, es pandemia agravada. Seguirá ocurriendo que el Gobierno es un despelote comunicacional en ese sentido, a veces como causa y no consecuencia de sus dudas políticas y, otras veces, porque simplemente no sabe o no quiere ensamblar sus notificaciones (¿cómo es posible que, diariamente o a cada rato, no sepan articular la información sobre llegada de vacunas, graderío de amenazas sobre “la segunda ola”, probabilidad de cuáles restricciones? ¿Por qué hablan todos a la vez, como si tratara de volcar ansiedades personales?). Es una hijaputez, o una pésima lectura política, colegir que ese tipo de deficiencias son demostración de gobierno quebrado, inútil, en parálisis total. Y es una o ambas cosas pretender la apatía de callarse. ¿Para qué se tiene un gobierno que, con todas las contradicciones propias de un frente político armado al quedar evidente la necesariedad de sacarse de encima a Macri, y con todos sus entrecejos ejecutivos, vino a decir que la política tiene un lugar en la mesa de discusión? ¿Cuál es la contraria? ¿Regodearse con los errores de cálculo en la provisión de

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Hacia una Argentina con mayor equidad

Fuente: Carlos Heller | Tiempo Argentino Fecha: 14 de marzo de 2021 Puede decirse que este primero de marzo el presidente Alberto Fernández definió en una frase la visión de su gobierno: “Vengo a proponerles que construyamos juntos un nuevo acuerdo para que la Argentina no recaiga más en un Estado ausente. Aquello que las argentinas y los argentinos esperamos, un país justo, que crezca y distribuya la riqueza, donde haya trabajo y lugar para todas y todos”. Si algo ha quedado claro luego de más de un año del inicio de la gestión de gobierno de Alberto Fernández es que el eje de sus políticas radica en el bienestar de la totalidad de la ciudadanía, no sólo de unos pocos.   En aras de lograr una mayor progresividad, el proyecto de modificación del Impuesto a las Ganancias, que ya se encuentra en tratamiento en la Cámara de Diputados, apunta a que cerca de 1,3 millones de los trabajadores/as en relación de dependencia y jubilados/as dejen de pagar el impuesto. En 2015, alrededor del 12% de los trabajadores/as eran alcanzados por este impuesto. Entre 2016 y 2019 este guarismo prácticamente se duplicó. Y esto ocurrió a pesar de que hubo una pérdida importante en el nivel real de los salarios, generando una situación en la que se ganaba menos y se pagaba más impuesto.   De allí que la iniciativa plantea que los salarios mensuales brutos inferiores a $150.000 dejarán de pagar Ganancias, y tampoco quedaría alcanzado el aguinaldo para este grupo. Habrá un intervalo de entre $150.000 y $173.000 mensuales que también verían reducido su aporte aunque de modo progresivo, es decir, la reducción del impuesto va a ser menor cuanto mayor sea el ingreso hasta el límite citado, de forma que no existe un salto entre los que ganan, digamos, $172.500 brutos y los que ganan $173.500, ya que los salarios mayores a $173.000 no tendrán modificación en sus deducciones del tributo.  Para darnos una idea de lo que implicará este nuevo esquema en el bolsillo de los trabajadores: un salario de $150.000 de una persona soltera y sin hijos paga en la actualidad unos $115.000 anuales de Impuesto a las Ganancias. Adicionalmente, una de las modificaciones producto del debate legislativo fue la inclusión de la retroactividad de esta mejora a enero de 2021. Es decir, los trabajadores que han tenido descuentos con el régimen vigente hasta ahora, y están alcanzados por el proyecto de ley, van a obtener una devolución de los anticipos realizados.   En resumen, quedaría sólo un 7% de los trabajadores registrados alcanzados por el impuesto, quienes representan un 26% de la masa salarial total.  Esta normativa también implica un beneficio para los haberes jubilatorios y pensiones, ya que se eleva de 6 a 8 haberes mínimos el piso para quienes estarían alcanzados por el gravamen y se flexibiliza la restricción de que tengan otros ingresos por fuera de la jubilación. Según los cálculos mencionados por la directora de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, en la comisión conjunta de Diputados que trata el tema, la proporción de haberes jubilatorios alcanzados por Ganancias era del 5,2% en 2019, 5,3% en 2020 y con esta reforma sería del 2,4%.  Otra de las modificaciones propuestas que pasó bastante desapercibida en los medios es que se incorpora la posibilidad de deducir al concubino, en vez de sólo el cónyuge, en función de la modificación de 2014 del Código Civil, poniéndose a la altura de todos los cambios que la sociedad argentina ha planteado en la materia.  El costo fiscal de esta reforma sería de aproximadamente $42.000 millones, los cuales se traducirán en mayores ingresos reales de los trabajadores/as y pensionados/as. Allí es donde se genera el círculo virtuoso en el que los asalariados destinan esos recursos al consumo y, por ende, al mercado interno. Este mayor consumo genera a su vez una mayor recaudación impositiva por otras vías, como el IVA, y por lo tanto aminora significativamente el efecto del costo mencionado en las cuentas fiscales.  Pero lo importante es que el equilibrio fiscal no debería ser el principal objetivo de las políticas públicas, sino el bienestar de la población. Desde esa premisa, por supuesto, es necesario ir construyendo “una posición fiscal más robusta”, en palabras del ministro Martín Guzmán. Sin perder de vista, no obstante, el importante rol del Estado en resolver las cuestiones que el mercado por sí solo no soluciona. No debemos confundir este enfoque de equilibrio fiscal con el que suelen apoyar los sectores de derecha, que piden un Estado mínimo, con poca presencia en la economía, que debe apuntar a bajar los impuestos y dejar aspectos clave como el desarrollo de la ciencia, la educación, la salud, la innovación en manos del sector privado, lo que suele generar importantes inequidades sociales. Por el contrario, este gobierno se propone que la sostenibilidad fiscal debe ir alcanzándose con políticas a favor de la ciudadanía y no a costa de ella.  Entonces, vale la pena destacar que esta propuesta de reforma del esquema del Impuesto a las Ganancias es congruente con los principales objetivos del actual gobierno. Al incrementarse el ingreso disponible de los trabajadores y trabajadoras se genera mayor demanda, si además este proceso viene acompañado de políticas que protegen la producción nacional, esa mayor demanda genera mayor empleo y esto tiene un efecto multiplicador en la actividad.   Queda aún mucho camino por recorrer, luego de haber atravesado la pandemia neoliberal y la pandemia sanitaria. Uno de los últimos datos sobre el sector industrial que publicó el INDEC esta semana da cuenta de que la utilización de la capacidad instalada de la industria llegó al 57,2% en enero, 1,1 puntos porcentuales más que en el mismo mes del 2020. Tomando en cuenta los resultados de los últimos meses, los datos indican que aún existe una capacidad instalada ociosa de más del 40%, lo cual permite un rápido crecimiento de la producción sin necesidad de inversión.  Está claro que el gobierno tiene una firme postura de no resolver la situación de déficit

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Los orígenes del Lawfare

Fuente: Eduardo Barcesat | El Destape Fecha: 6 de febrero de 2021 Ya se conoce con bastante aproximación el modo en que opera la perversa práctica del “lawfare”, y qué sectores toman intervención en esta madeja institucional destinada a desbaratar el Estado de Derecho. Incuestionablemente, el sector más responsable de esta madeja es la “pata podrida del Poder Judicial”, en su escaño más dañino, la Justicia Penal Federal, que ejercita el poder punitivo del Estado enderezando el mismo, cual ariete, a la persecución y destrucción del “enemigo” político. Como diría algún Clausewitz tardío, “…la prosecución de la guerra por otros medios”. Y decimos “perversa práctica” porque emplea la institución judicial para fines de destrucción. Paradojal, realmente, que el Poder Judicial, presentado en todo texto que aborde la descripción y fundamentos dogmáticos de la  unidad del “Estado/Derecho”, como el custodio final de todos los derechos y garantías constitucionales deviene, en esta etapa de dominancia del neo-liberalismo,  en el hobbesiano monstruo que tritura esos derechos y garantías forjados por la conciencia jurídica de la humanidad y cuyo peldaño más elevado son los derechos humanos, esa inescindible unidad de libertades civiles y políticas, y de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. ¿Cómo opera el poder (poder que es mera fuerza e ideología) para operar este torcimiento? Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia. Opera apropiándose de la metodología y esencia del “common law”; esto es, de la fuerza vinculante de los precedentes judiciales. En sus orígenes, los expositores encolumnados con el denominado “realismo jurídico anglo-sajón” alababan y prohíjaban la inexistencia de reglas escritas que determinen, con rigor, el obrar de los jueces. Para ellos (Roscoe Pound; Oliver Wendell Holmes), “…el derecho es lo que los jueces dicen que es en sus resoluciones…”, y si hay algo que pueda ser nominado como “dogmática jurídica”, pues será: “… el conjunto de profecías que emiten los operadores del derecho acerca de cómo los jueces resolverán los casos…” De allí la conocida formulación de Wendell Holmes, al inaugurar una sede de la Universidad de Boston, “…el derecho no es moral, no es lógica, es experiencia; experiencia que hacen los pueblos…”; o el poder, decimos nosotros. En definitiva, que son los jueces los que determinan qué es lo que denominamos “derecho”. Debo exponer, por su carácter paradigmática, la enunciación de un directivo del GAFI, pronunciada en la audiencia que decidiría el pase de la Nación Argentina al “sector blanco”; esto es, el de los países que combaten eficazmente el narcotráfico y el terrorismo. Me encontraba exponiendo, convocado por el titular de la UIF, sobre la estructura jerárquica del orden jurídico positivo argentino, y del control de constitucionalidad y convencionalidad que debe ejercer el Poder Judicial de la Nación, en todos sus estamentos. Sorpresivamente, este directivo, profesor universitario canadiense, interrumpe nuestra exposición para vociferar: “…ustedes (se dirige al Estado Argentino)…deben adoptar el Common Law. Con ese sistema los jueces reprimen mejor, no tienen ataduras…”.  La sensata intervención de quién presidía la audiencia, cerró un enfervorizado debate, pues no estaba en nuestro ánimo, ni en el objetivo de la audiencia, consentir tamaño dislate. Supimos desde hace años de las prácticas del poder económico y comunicacional de organizar “safaris judiciales” a la meca del common law, para que sus expositores los “adiestren” en esta metodología que desbarranca, ineluctable y fácilmente, en el “gobierno de los jueces”; esto es,  el poder aristocrático, vitalicio, contra-mayoritario, que debe prevenir y corregir los posibles desbordes demagógicos y populistas de los poderes políticos (frase de “El Federalista”, que colecta los artículos periodísticos producidos por los padres de la futura Constitución de EEUU). El “lawfare”, entonces, es la forma potenciada, exacerbada, del common law, su “Mister Hyde”, una bestia institucional. Los países latinoamericanos, que han seguido la tradición de la ley escrita, exhiben, como el nuestro, una estructura jerárquica del orden jurídico positivo, y si bien los jueces no son, ni deben ser, repetidores inertes de las leyes, deben guardar observancia a la supremacía constitucional, y el resguardo de esa supremacía, frente a los actos de los otros poderes, lo que constituye  el deber primero de todo integrante del Poder Judicial de la Nación Argentina. Para finalizar, los tres poderes que conforman el Gobierno Federal de la Nación Argentina tienen potestades constitucionales para desmontar el “lawfare”. En efecto, el Poder Legislativo, el primero de los tres poderes del Gobierno Federal que regula la Constitución Nacional, tiene la facultad de dictar amnistía; en nuestra situación, el amnistiar a las víctimas del “lawfare”, lo que eliminaría la condena o el proceso judicial persecutorio, señalando, al mismo tiempo, el mal obrar jurisdiccional que llevó a esa victimización y deterioro institucional. El Poder Ejecutivo, a su turno, puede disponer indultos, pero ello no tiene la significación jurídica de la amnistía, que es la medida que denota, como dijéramos, de la excepcionalidad institucional del período 2015/2019, y que impone la ruptura que debe producir el actual Gobierno Nacional para establecer el imperio del Estado de Derecho, que es una tarea más profunda que la del acceso al poder político de la Nación. Finalmente, que el Poder Judicial de la Nación, a través del obrar de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que tiene en su poder, hace más de año y medio, diversos planteos de nulidad en las diversas causas paradigmáticas del “lawfare”, como lo es la causa conocida como de las fotocopias de los cuadernos quemados/resucitados, está convocado, en observancia a la supremacía constitucional y de los tratados internacionales de derechos humanos, a dictar señeras sentencias anulando dichas causas. Además, correspondería disponer, en las respectivas sentencias, que se envíen los antecedentes de todos los magistrados involucrados en la producción y convalidación de los entuertos al Consejo de la Magistratura del Poder Judicial. Como se advierte, los integrantes de los tres poderes del Gobierno Federal tienen las respectivas competencias necesarias para actuar en el desmontaje de la bestia institucional…y así cumplimentar la manda del art. 36 de la C.N., de observar y hacer observar la supremacía de la C.N. y de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos

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El “delito” de vacunar

Fuente:  Maximiliano Rusconi | Infobae Fecha: 23 de febrero de 2021 Daniel Gollán, ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires A nuestro país le cuesta encontrar la armonía. Estamos más acostumbrados al movimiento pendular pero, en verdad, pertenecemos a una comunidad que disfruta sólo cuando el péndulo se encuentra en los extremos, aunque esa satisfacción dure poco. Al mejor estilo de las penas infamantes de la inquisición nos gusta disfrutar de la hoguera del caído en desgracia. Y mucho más cuando todos nuestros vecinos salen a denunciar siempre tardíamente que en verdad el quemado hacía brujería. Voy a hacer una aclaración previa para evitar lecturas improvisadas: nadie puede estar de acuerdo con darle la vacuna a uno que se “coló” en la fila. Nadie. Eso está mal. Pero también está mal seguir clavándole cuchillos al cadáver como si pudiera responder. Mucho peor es ser cínico o pretender ocultar otros problemas subrayando y sobreexponiendo algún caso particular, o en la crítica pública no tomar en cuenta nuestros propios males como sociedad. Pero lo que es peor es que desde las instituciones los funcionarios encargados de hacer justicia operen con la misma inquina con la cual algunos centros de poder se sacan fotos aprovechándose de la crisis.El presidente Alberto Fernández. al recibir la dosis de la vacuna Sputnik Últimamente pareciera que algún sector del Poder judicial y del Ministerio Público no deja escapar una sola oportunidad de empeorar su imagen. No se desperdicia ni una chance de aumentar el nivel de mezquindad. Algunos sienten una especial seducción no en saber la verdad y aplicar la ley frente a la sociedad (gran deuda) sino en aprovechar la época de la crisis para hacer prevalecer su espíritu carroñero y llevar el resultado al mejor postor político. No sólo era de esperar que éste episodio de la vacunación sin turno generara denuncias de quienes han construído su carrera política sólo denunciando hechos (cuya falsedad o veracidad nada importa), sino que también era previsible que un grupo de fiscales (con o sin excavadoras) impulsara con enorme energía estos casos. La participación activa de estos fiscales (si lo hacen con ecuanimidad) en la investigación de delitos me parece no sólo positiva sino esencial en el sistema republicano. Pero ello sólo siempre y cuando haya un delito posible como conducta típica. El juez penal y el fiscal deben hacer su trabajo pero siempre que las acciones sometidas a su estudio puedan ser encuadradas en una figura penal. Debo decir que, según mi impresión ello no sucede en este caso. El episodio no tiene nada para aplaudir, pero ¿hay o no un delito? Porque, según creo, en ocasiones, los representantes del Ministerio Público estiman que pueden intervenir, producir allanamientos, potenciar el escarnio público, ya que de todos modos siempre habrá algún tipo penal que pueda ser invocado. Por ello a veces se culmina con figuras aplicadas de modo disparatado pero que tienen la suficiente ambigüedad para “emprolijar el asunto” (asociación ilícita, administración fraudulenta, etc, etc).Cristina Kirchner, la vicepresidenta, también se inoculó contra el coronavirus Pero el problema es que vacunar al que está, en la mitad de la cuadra, saltando turnos previos, es muy feo, pero no hay ningún ilícito en ello. En una sociedad democrática en la cual rige el estado de derecho el control de la jurisdicción penal es la “ultima ratio” (el ultimo eslabón) de la cadena de controles sociales. No siempre podemos o debemos acudir al derecho penal. Una cosa es que nos parezca inmoral “colarse”, pero hay que decir que se vacunó a personas que tarde o temprano tenían que ser vacunadas. Para que quede claro: vacunar no es ningún verbo típico en el código penal. No hay un tipo penal que diga: “el que autorice a vacunar a otro al que no le tocara su turno de forma inmediata será castigado con una pena de x años de prisión. La misma pena se aplicará al que recibiera la vacuna”. No es bueno utilizar el derecho penal para fines políticos. Tampoco hay aquí delitos funcionales genéricos (malversación, incumplimiento de deberes, tráfico de influencia). En estos casos siempre aparecen exigencias que no se darían en este supuesto: la ventaja patrimonial para el funcionario, el cambiar de destino el dinero de la vacuna, o directamente incumplir un deber específico que aquí no se ha incumplido (se cumplió de un modo perfectible, en todo caso). Ojala algún día aparezca una vacuna contra un mal a veces difundido en algunos sectores de la vida institucional, el “BPA”: bipolaridad politicamente activada. Los delitos no se generan por indignación popular o construcción mediática: deben estar en el Código Penal.

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Encrucijadas de la soberanía digital

Fuente: Jorge Elbaum | El Cohete a la Luna Fecha:  de febrero de 2021 “Hay que evitar la creencia de que las innovaciones tecnológicas son positivas sólo por ser nuevas, o son negativas sólo porque son tecnológicas” David E. Graham La última semana se informó la construcción de un consorcio de medios de comunicación argentinos asociados a la plataforma Google, destinada a reproducir material informativo local en su portal de noticias global denominado News Showcase. El acuerdo incluye a más de 30 grupos periodísticos, tanto porteños como provinciales, entre los que figuran Clarín, La Nación, Infobae, Página/12, El Cronista, La Arena, La Gaceta y Nueva Rioja, entre otros. El acuerdo implica un financiamiento de los medios locales por parte de Alphabet (la corporación que administra Google) y un decidido involucramiento en la selección de contenidos. Dicho desembarco forma parte de una campaña internacional para blindarse frente a las acusaciones de prácticas monopólicas, posición dominante, comercialización de datos privados a empresas y desvío de información crítica hacia la National Security Agency (NSA). News Showcase ofrece colaboración y apoyo financiero al periodismo de cada uno de los países con el objeto de obtener una legitimidad cuestionada por la Unión Europea y otros estados. Argentina es uno de los doce países en donde se decidió implementar el programa, que incluye acuerdos similares con medios de Alemania, Brasil, Canadá, Francia, el Reino Unido, Australia y Japón, entre otros. La inversión inicial es de 1.000 millones de dólares e incluye, hasta la actualidad, a unos 450 medios. La participación de los medios argentinos contribuye a la tendencia generalizada de una mayor concentración monopólica global y a la vez faculta a Google a convertirse en el gran responsable de modelar la imagen de la Argentina a nivel internacional, permitiéndole la selección de noticias aptas para el paladar del neoliberalismo hegemónico. Los medios locales recibirán compensaciones económicas por replicar una selección de sus titulares, mientras que Google compilará los datos obtenidos como insumo de sus operaciones de Inteligencia Artificial (IE). Una vez procesados, los comercializará a miles de empresas que los utilizarán como soporte para el marketing directo y personalizado. Los medios argentinos obtendrán dos tipos de financiamiento: por un lado, como consecuencia de la provisión de contenidos a la plataforma News Showcase, y por el otro como resultado de proporcionar acceso a artículos de las versiones pagas de dichos medios asociados. El resultado de este involucramiento de Google en la producción de la noticialidad cotidiana local ampliará el control de la plataforma estadounidense sobre el denominado ecosistema informativo local, incrementando su capacidad para modelar el sentido común, imprescindible para la reproducción ampliada del sistema financiarizado. En ese marco, la restricción sobre la soberanía comunicacional se expresará a partir de las cinco dimensiones siguientes: Agenda: decidirá qué temas y qué medios serán los que ocuparán los lugares prioritarios y cuáles serán ubicados en los márgenes. Dado que la selección inicial será ofertada por los propios medios, la trifecta mediática local (Clarín, La Nación e Infobae) logrará apalancar su legitimidad a la hora de difundir sus posverdades, falacias y tergiversaciones, apoyada en la cobertura brindada por una plataforma globalizada. Ese escenario es lo que Google conceptualiza como un ecosistema informativo, nominación aséptica con la que se pretende esconder las decisiones corporativas de sus CEOs. El ecosistema funciona como la mano invisible del mercado. Algo que está direccionalizado por poderosos actores que buscan atribuir sus movimientos a una naturaleza independiente de intereses. Concentración: incrementará la monopolización de los medios locales sin tener que regirse por normativas democráticas –presentes o futuras–, dada su localización empresaria en Estados Unidos. Operará sin arbitraje del Estado y decidirá qué coartar, ampliar o cercenar sin que una autoridad soberana o multilateral cuente con capacidad de intervención. Monetización: incrementará la capacidad de comerciar los datos personales de los ciudadanos argentinos, tanto para ofrecer agregados aptos para el marketing personalizado como para modelar campañas electorales, tal cual fue denunciado en ocasión del caso Cambridge Analytica. Vigilancia: aumento de la capilaridad informativa sobre partidos políticos y sus referentes, combinado con el desarrollo de mecanismos de inteligencia artificial dispuestos para completar una arquitectura global capaz de instalar mercados de futuros conductuales. Una disposición posible gracias a una concentración extrema de conocimiento, ajena a la supervisión democrática: se profundizará la manipulación destinada a conformar tribus antipolíticas y modelo de consumidores antes que ciudadanos. Sujetos aislados enemigos de la cooperación, admiradores de la competencia, reivindicadores de la desconfianza y de guerra de todos contra todos. Tergiversación, sobreabundancia y escándalo: La articulación convergente planificada por News Showcase será gobernada por algoritmos funcionales a los requerimientos empresariales trasnacionales, generalmente opuestos a las demandas sociales o las necesidades soberanas. En ese contexto, se omitirán los circuitos capaces de dotar a los usuarios de pensamiento crítico, convirtiendo a los ciudadanos en cibernautas. La difamación se hace confusa y ambigua y se la denomina fake new. “Cuando nos conectamos a internet ya no vemos el bosque. Ni siquiera los árboles, vemos sólo hojas, ramas (…) un ecosistema de tecnologías de interrupción (…) donde nos presentan pedazos o fragmentos de la realidad a través de sus buscadores”. La emocionalidad, la intemperancia, el odio y la intolerancia aparecen como vehículos de articulación social más premiados por las redes sociales y los buscadores. Cuánta más agresión se reproduce, mayor es la cantidad de respuestas. A eso se le suma el aluvión de contenido indiferenciado que –sin alfabetización digital– logra equiparar, sin jerarquizar, a un infectólogo con una presentadora televisiva, debatiendo temáticas de inmunización. Regular o sucumbir Desde 2019 el control del intercambio político en el ciberespacio es regulado por Google sólo en Estados Unidos, la Unión Europea (UE), la India y el Reino Unido. En 2020 se incluyó a Nueva Zelanda, Israel, Australia y Taiwán. En todos esos países, Google limitó, seleccionó y/o censuró la divulgación de anuncios electorales según segmentaciones generacionales, de sexo y de ubicación georreferencial. Aunque Google intenta resguardarse frente a posibles acusaciones de interferencia electoral, la Unión Europea y algunos de sus países miembros, por separado, han avanzado en la aplicación de normativas destinadas a limitar su poder discrecional. A partir de enero de 2021 se aplica en España

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